viernes, 17 de septiembre de 2010

El Trabajo Forzado

El Trabajo Forzado En Guatemala
Como ya es sabido, el trabajo forzado fue una práctica implantada por los conquistadores a los indígenas y negros, desde el siglo XVI y que se conservó en Guatemala hasta 1944.


Reglamento de Jornaleros y la Ley Contra la Vagancia
Uno de los hechos más cuestionados durante los regímenes liberales guatemaltecos fue la legalización del trabajo forzado de los indígenas. Por medio del Decreto 177 del 3 de abril de 1877, el gobierno de Justo Rufino Barrios emitió el Reglamento de Jornaleros que permitió a los particulares solicitar a los jefes políticos de los departamentos para trabajar en sus propiedades.
La práctica se modificó durante el gobierno de Jorge Ubico, el último dictador liberal cafetalero, con la emisión de la Ley contra la Vagancia. Esta ley declaraba que los jornaleros que no pudieran demostrar que tenían un compromiso de trabajo en una finca serían tenidos por vagos y castigados como tales.


Legislación Agraria
La reforma del sistema de propiedad de la tierra de los liberales guatemaltecos pretendía convertir a todos los ciudadanos en propietarios individuales. El proceso inició con la venta de las tierras baldías que habían heredado el Estado de Guatemala durante el período colonial.
Las medidas más radicales se implantaron en el segundo período liberal. Entre 1871 y 1879 el gobierno de Justo Rufino Barrios emitió varias leyes que declaraban baldíos los ejidos u tierras comunales de los pueblos indios, así como las propiedades de la Iglesia.


En la Actualidad







La propuesta atiende varias de las recomendaciones reiteradas desde hace años por los órganos especializados de la OIT(Mejoramiento de las Condiciones de Vida de la Mujer Trabajadora de la Maquila
) al igual que en anteriores informes de la Misión, en cuanto a la necesidad de adecuar la normativa interna a los requerimientos de los Convenios 87 y 98 de Libertad Sindical y Negociación Colectiva. Entre ellas, pretende evitar la injerencia indebida del Estado en los sindicatos, garantizar la estabilidad laboral de los trabajadores que participan en la formación de un sindicato, eliminar restricciones para que analfabetos y personas con antecedentes penales puedan acceder a puestos de dirección sindical, disminuir de dos tercios a la mitad más uno la mayoría necesaria para declarar una huelga, eliminar disposiciones que castigan penalmente actividades de promoción de la huelga. El segundo proyecto mantiene limitaciones al ejercicio del derecho de huelga para los trabajadores agrícolas y en relación a los servicios esenciales que el primero, recogiendo las sugerencias de la OIT, modificaba.
Además de estos aspectos directamente relacionados con las opiniones de los órganos especializados de la OIT, el proyecto incluye otras propuestas de reforma, que atienden varios temas (licencias sindicales, conformación de sindicatos de industria, mínimos para organizar federaciones, período de prueba, fijación de salarios mínimos anualmente, presentación de informes por vía electrónica, etc.) sobre las cuales se han expresados opiniones diversas.




Exclusión Política: Ciudadanía Diferenciada En Guatemala
La Constitución del Estado de Guatemala de 1824 otorgó un tipo de ciudadanía ampliada a un gran sector de la población. Sin embargo, a partir de 1829 los gobiernos restringieron el acceso a los derechos ciudadanos utilizando varios criterios. Entre 1829 y 1839 se reconoció únicamente la ciudadanía a los hombres mayores que tuvieran una renta mínima de 30 mil pesos o su equivalente en bienes, con el argumento de que solamente los que tenían algo que perder eran responsables de sus actos. Durante el Régimen Conservador (1839-1870) se reconoció un tipo de ciudadanía étnica que excluyó abiertamente a los indígenas de los derechos ciudadanos.
En 1879 se otorgó la ciudadanía únicamente  a los hombre mayores de 18 años que supiera leer y escribir, es decir, se instauró un tipo de Ciudadanía Restringida. (Opinión Propia: Me parece que es terrible negar el derecho al voto al que no  sea hombre y sepa leer y escribir, Racismo!!!!)
En 1945 se otorgó por primera vez la ciudadanía a las mujeres y se permitió el voto de los Analfabetas. En 1965 se estableció la Ciudadanía Universal en Guatemala (Osea sin Discriminación).









Dictadura
Es cuando un presidente es reelegido varias veces imponiendo su autoridad. Un ejemplo de dictador es Jorge Ubico que duro desde 1931-1944 en Guatemala.




En la Actualidad
Actualmente el Derecho al Voto, solo pueden votar ciudadanos Guatemaltecos(as) de 18 para arriba, sin racismo de ningún tipo. No hay dictadura Actualmente.

Bibliografía:
Libro: Enlaces Ciencias Sociales 8, Santillana, pags. 116-117.

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